Rio Negro. El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a una médica pediatra a quien le imputó los delitos de homicidio culposo e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Destacó que por su “impericia en el ejercicio de su profesión” falleció una niña de seis años de edad.
Según la acusación, la médica N. A. recibió en el servicio de guardia del Hospital Artémides Zatti a una niña y dispuso su alta precoz, “desoyendo y subestimando la recomendación de internación realizada por un médico generalista”.
Tal determinación la tomó aún “con pautas de alarma de la paciente, sin profundizar en el establecimiento un diagnóstico certero y desproveyéndola de un tratamiento adecuado y eficaz que pudiera haberle aumentado la chance de supervivencia”.
Indicó la Fiscal que existiendo una “radiografía patológica y parámetros de laboratorio que alertaban de una posible infección que hacían presumir una neumonía”, “incrementó el riesgo no permitido al no realizarle a la paciente un tratamiento integral adecuado que habría implicado internación, realización de placa de torax, aplicación de suero, hidratación y, entre otros, tratamiento con antibióticos. Dispuso, en cambio “el alta precoz solo con pautas de alarma, lo que generó que la niña presentara luego desmejoría clínica”.
“En consecuencia, horas más tarde falleció en el mismo hospital producto de un paro cardiorespiratorio por presentar neumonía complicada con derrame por presencia de streptoccocus pyógenes”.
Además, en la audiencia se le imputó también a la médica el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, por considerarse que en las dos oportunidades que atendió a la víctima “omitió deliberadamente completar la historia clínica respecto a las atenciones que había realizado, sin consignar de forma alguna el diagnóstico ni el tratamiento”. Con ello incumplió “los deberes de así registrarlos impuestos en el marco de la Ley R Nº 4692 que adhiere a la Ley Nacional Nº 26.529.
La fiscalía indicó que los hechos constituyen el delito de homicidio culposo e Incumplimiento de los deberes de funcionario público siendo la mujer responsable a título de autora, de conformidad con los arts. 45, 84 y 248 del código penal.
Como sustento probatorio la acusación detalló que cuenta con la denuncia realizada por la madre y el padre de la niña, el acta de defunción del 15 de junio de 2023, informe pericial realizado por el Cuerpo de Investigación Forense, informes del nosocomio en los que se informa quiénes fueron los profesionales que atendieron a la niña y diversas testimoniales de médicos/as y una enfermera.
A su turno la querella adhirió a la formulación de cargos y la defensa no manifestó objeciones por lo cual la Jueza dispuso la apertura de la investigación penal preparatoria por el término de cuatro meses. La imputada participó en la audiencia que se realizó por Zoom desde la ciudad en la que reside ya que en los meses posteriores al hecho renunció a su cargo en el hospital local.
(fuente: Ministerio Público Fiscal)